INVIERTE EN PARAGUAY.
Los inversionistas extranjeros interesados en ingresar al mercado local tendrán que informarse sobre la constitución de los distintos tipos de sociedades además de estudiar sus diferencias y similitudes. Te presentamos las opciones más importantes.
EMPRESA POR ACCIONES SIMPLIFICADAS (EAS)
La Ley 6480/2020 crea la Empresa por Acciones Simplificadas (EAS). Comparten similitudes con las típicas sociedades como las S.A., constituidas con 2 o más socios personas físicas o jurídicas. La EAS no precisa de un capital mínimo, el capital es representado por acciones y las decisiones son tomadas en asambleas. Los integrantes de la EAS serán responsables por las obligaciones tributarias, financieras o de cualquier índole hasta el monto de los aportes.
PARTICULARIDADES:
Aunque sea una empresa por acciones, también contempla la posibilidad de ser constituida por una sola persona, siendo esta una empresa unipersonal o sea de un solo dueño. Los extranjeros sin residencia podrán constituir una EAS. Para ello tendrán que nombrar un Representante Legal con documentación paraguaya designado vía poder. Si el capital constituido es de más de U$S 70.000 se considera a los extranjeros que crean la EAS “inversores” pudiendo acceder a la radicación permanente en Paraguay con mayor facilidad y rapidez. Una vez aclarados y determinados los componentes de la estructura de las EAS en sus 2 modalidades, societarias o unipersonal, se procede a la solicitud de apertura.
PRECONDICIONES PARA APERTURA:
La solicitud y activación es totalmente online a través de la página web www.eas.mic.gov.py Antes de ingresar a procesar la solicitud es imprescindible contar con todos los documentos digitalizados según la modalidad escogida entre sociedad o unipersonal. Por ejemplo: los documentos de identidad de los socios, representante legal, administrador o director, forma de integración del capital (efectivo, mercaderías, inmuebles, etc.) más factura de uno de los servicios para demostrar el domicilio legal.
REQUISITOS:
1. Identidad Electrónica del Representante Legal: Al ingresar al sitio web es obligatorio contar con la identidad electrónica. Ésta se la puede obtener sólo con Cédula de Identidad Paraguaya.
2. Creación de los estatutos: para ello existen Estatutos Proforma (modelo 1 y 2) generado por el sistema que se va confeccionando automáticamente conforme se completa el registro EAS.
3. Trámite unificado: se realizan la inscripción en las demás Entidades del Estado en la misma solicitud de apertura.
PASOS:
a) Registro Único del Contribuyente en la SET (Sub Secretaria de Estado de Tributación) para la gestión y obtención de documentos tributarios.
b) Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social – MTESS para gestión de empleados según las normativas vigentes. Instituto de Previsión Social
c) IPS para el seguro médico y aporte jubilatorio del empleado. Registro General de Personas y Estructuras Jurídicas – DGPEJ.
d) Registro General de Beneficiarios Finales – DGBF.
OBSERVACIÓN:
En las instituciones mencionadas en el punto b y c se realiza la inscripción de la empresa, aunque no tenga empleados. Existen además trámites de habilitación que son considerados según el tipo de actividad que la empresa tiene previsto realizar.
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L)
Representa una de las estructuras que se consideran a la hora de constituir una empresa. El primer paso a dar sería el de definir las actividades a las que se dedicará su empresa a fin de dar cumplimiento de las normativas locales en las distintas dependencias oficiales como ministerios, municipios, etc.
CARACTERÍSTICAS:
1: Este tipo de sociedad se caracteriza por el límite de la responsabilidad en base al capital que ha aportado cada socio. No están obligados a responder con sus bienes personales ante las deudas u obligaciones de la sociedad. Una S.R.L. puede tener como mínimo 2 y como máximo 25 socios, pueden ser personas físicas o jurídicas. Para la constitución el capital social debe estar totalmente suscripto e integrado. El capital es representado por cuotas, que a diferencia de la S.A. son representadas por acciones. Los aportes en dinero deben integrarse en un 50% como mínimo, mediante depósito en el Banco Central del Paraguay. El comprobante de depósito le será requerido para la inscripción. Esta suma podrá ser retirada una vez inscripta en el Registro Público de Comercio.
2: La Sociedad de Responsabilidad Limitada no podrá realizar actividades financieras, actividades de seguros ni aquellas para las cuales la Ley exija otra forma de sociedad. La dirección, administración y representación estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. La fiscalización estará compuesta por un síndico titular y otro suplente, esto último es opcional. Las asambleas no son obligatorias, sin embargo, los acuerdos de los socios serán deliberados en una reunión entre los mismos. Se deberá fijar una dirección dentro del territorio nacional para consignarla en los documentos de constitución y a su vez será el lugar donde se recibirán las correspondencias. Este tipo de sociedades son recomendadas para empresas de capital reducido y para empresas familiares pequeñas.
PASOS PARA LA APERTURA DE LA S.R.L.:
- La escritura de constitución o acto de constitución deben ser protocolizados por un escribano e inscripto en los registros correspondientes.
- Inscripción e la Subsecretaria de Estado de Tributación (SET) como contribuyente. En este punto se definen las obligaciones tributarias.
- Obtención de la Patente Comercial, proveída por el municipio de la ciudad.
- Inscripción en la Abogacía del Tesoro.
- Inscripción en el Registro de Personas y Estructuras Jurídicas y Beneficiarios Finales.
- Inscripción de la empresa en el Instituto de Previsión Social (IPS).
- Inscripción de la empresa en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
- Gestión de apertura de cuenta corriente, según requisitos de la entidad financiera.
Existen además trámites de habilitación que son considerados según el tipo de actividad que la empresa tiene previsto realizar. La constitución y la activación de la sociedad pueden ser realizadas en 60 días como mínimo, siendo la apertura de cuenta bancaria el trámite más burocrático por sus requisitos y condiciones exigentes. Para todos los trámites es necesario el acompañamiento de profesionales con conocimiento sobre el tema para facilitar la obtención de documentos.
SOCIEDAD ANÓNIMA (S.A)
Es una de las opciones más consideradas por los inversionistas extranjeros al momento de establecer una empresa en Paraguay. Antes de iniciar la gestión de apertura es fundamental tener en cuenta los siguientes puntos:
ACTIVIDAD ECONÓMICA:
Se deben definir las actividades a las que se dedicará su empresa. Esto le permitirá prever el cumplimiento de las normativas locales en las distintas dependencias como ministerios, municipios, etc.
REPRESENTACIÓN, DIRECCIÓN Y FISCALIZACIÓN:
La administración y representación legal de la SA estará a cargo de uno o más directores. En caso que un extranjero sea designado representante y director deberá contar con radicación en Paraguay. Para la fiscalización serán designados un síndico titular y otro suplente. Ambos también deberán tener la radicación paraguaya. Es decir, que es imprescindible que la persona nombrada cualquiera sea el cargo debe contar con residencia en Paraguay.
CAPITAL SOCIAL Y DOMICILIO FISCAL:
El aporte de los accionistas conforma el capital de la empresa. Definir el total de los aportes es imprescindible antes de empezar las gestiones de constitución. Hay que fijar una dirección dentro del territorio nacional para consignarla en los documentos de constitución y a su vez será el lugar donde se recibirán las correspondencias. Los ítems mencionados anteriormente deben ser definidos antes de iniciar cualquier trámite, ya que esta información es la base de todo y será proveída a los profesionales contratados para la constitución de la SA.
PASOS PARA LA APERTURA DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA:
1. La escritura de constitución o acto de constitución deben ser protocolizados por un escribano e inscripto en los registros correspondientes.
2. Inscripción en la Secretaria de Estado de Tributación (SET) como contribuyente. En este punto se definen las obligaciones tributarias. Posteriormente se realiza la obtención de los comprobantes necesarios para la documentación de las actividades lucrativas.
3. Obtención de la Patente Comercial, proveída por el municipio de la ciudad.
4. Inscripción en la Abogacía del Tesoro.
5. Inscripción en el Registro de Personas y Estructuras Jurídicas y Beneficiarios Finales.
6. Inscripción de la empresa en el Instituto de Previsión Social (IPS).
7. Inscripción de la empresa en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
8. Gestión de apertura de cuenta corriente, según requisitos de la entidad financiera.
OTROS. Existen además trámites de habilitación que son considerados según el tipo de actividad que la empresa tiene previsto realizar. La constitución y la activación de la sociedad pueden ser realizadas en 60 días como mínimo, siendo la apertura de cuenta bancaria el trámite más burocrático por sus requisitos y condiciones exigentes. Para todos los trámites es necesario el acompañamiento de profesionales con conocimiento sobre el tema para facilitar la obtención de documentos.